¿Ya estás listo? La utilización del Complemento para Pagos será obligatorio a partir del día 1 de Septiembre del 2018... Para que esto no te agarre desprevenido. En esta publicación te contamos ¿qué es el complemento de pagos? y todo lo que hay que saber para estar preparado.
El SAT ha creado un mecanismo de verificación que le permitirá conocer el momento en que los contribuyentes reciben pagos de parte de sus clientes, este es el Complemento de Pago. La implementación de este mecanismo tiene como finalidad eliminar algunas declaraciones en el futuro.
La utilización del Complemento para Pagos será obligatoria a partir del día 1 de Septiembre del 2018, y tú como contribuyente tienes hasta el día 10 del mes siguiente a la fecha en que se recibió el ingreso para emitir tu CFDI con complemento de recepción de pagos, aunque si deseas utilizar dicho complemento antes de esa fecha lo puedes hacer.
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El pago recibido se debe aplicar de forma proporcional a los productos que integran el CFDI que ampara el valor total de la factura.
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El CFDI emitido que ampare el total de la factura no podrá cancelarse cuando ya se haya emitido un CFDI con el Complemento de Pago que acredite un pago total o parcial. Las correcciones deberán hacerse con un CFDI de Egreso por devoluciones, descuentos o bonificaciones.
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Cuando el CFDI con el Complemento de Pago contenga errores, este podrá cancelarse, siempre y cuando se sustituya por otro con los datos correctos a más tardar el 31 de Diciembre del año en que fue generado.
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Evitar cancelaciones indebidas de facturas.
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Evitar falsas duplicidades de ingresos en facturación de parcialidades.
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Sabrás si una factura ha sido o no pagada.
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